VISTO: el Convenio de Cooperación suscripto
el día 9 de mayo de 2019 entre esta Unidad Reguladora de Servicios de Energía y
Agua (Ursea) y la Corporación Nacional para el Desarrollo (CND);
RESULTANDO: I) que mediante este Convenio se
establecieron los contenidos y el alcance de la cooperación entre las partes a
los efectos de la administración de los fondos que la Unidad Reguladora
transfiera a CND para la realización de contrataciones y compras de bienes y
servicios, por cuenta y orden de aquella a fin de colaborar en la ejecución de
diversos proyectos de investigación;
II) que la cláusula tercera del Convenio, dispuso que la
cantidad inicial que Ursea se comprometía transferir a la CND podía ser
complementada con otra u otras partidas dependiendo de la necesidad de fondos
para el logro de los objetivos establecidos;
III) que el monto inicial se estipuló en pesos
uruguayos 3.700.000, los cuales mediante Adenda suscripta el 23 de octubre de
2019, fue incrementado con un dinero excedente que ya tenía la CND de otra
consultoría anterior y además se prorrogó el plazo hasta el 31 de diciembre de
2021;
IV) que en el marco del convenio y de la adenda, se
gestionan respectivamente dos consultorías, la del “Cálculo del Valor Agregado
de Distribución Estándar (VADE) correspondiente a Baja Tensión”, y la de
“Fiscalización del Reglamento de Planes de Seguridad del Agua (PSA)”;
V) que se entiende conveniente realizar otra
consultoría referida al Costo Medio Ponderado del Capital (WACC) adaptada al
caso uruguayo, para distintos mercados regulados y segmentos, para la cual es
necesario transferir a la CND hasta la suma de $ 1.500.000, suma necesaria para
realizarla, incrementando el monto asignado;
VI) que la División Gestión de Recursos de esta
Unidad Reguladora informó, que al momento del Convenio se efectuó una primera
intervención por $ 3.700.000, para llevar adelante la consultoría para el “Cálculo
del Valor Agregado de Distribución Estándar (VADE) correspondiente a Baja
Tensión” (expediente Nº 0161-02-006-2019); luego por la Adenda el monto fue
incrementado con U$S 31.838, dinero remanente
de un convenio anterior y además se prorrogó la vigencia al 31 de diciembre de 2021,
para la consultoría relativa a la “Fiscalización del Reglamento de Planes de
Seguridad del Agua (PSA)” (expediente Nº 0686-02-006-2019). De acuerdo a lo
informado, a los montos mencionados se le sumaran ahora hasta la cantidad de $
1.500.000 más, siendo
la suma total asignada
para los distintos proyectos de $ 6.422.579;
VII) que la División Gestión de Recursos asimismo informó
que reservó
mediante la afectación Nº 266 la suma de $ 523.001 para transferir en este año
2019 correspondiente al incremento de hasta $1.500.000 para
realizar la consultoría
CONSIDERANDO: I) que la CND es una persona
jurídica de derecho público no estatal, creada por Ley Nº 15.785 del 4 de
diciembre de 1985, y en la actualidad la propiedad de su capital es 100%
estatal;
II) que el convenio celebrado con la CND, encuadra
dentro de lo previsto por el artículo 11 de la Ley Nº 15.785, en la redacción
dada por el artículo 342 de la Ley Nº 19.670 de 15 de octubre de 2018;
III) que, según lo dispuesto por el artículo 10 de
la Ley Nº 17.598, de 13 de diciembre de 2002, el Directorio de URSEA, es
ordenador secundario de gastos y pagos, y de acuerdo a lo establecido en el
artículo 29 literal “b” del TOCAF, está facultado con el límite máximo del
doble de las licitaciones abreviadas vigente;
IV) que el monto total destinado al Convenio para
las tres consultorías referidas, asciende a la suma de $ 6.422.579 cantidad que
está por debajo del monto fijado para la licitación abreviada que se determina para
el ejercicio 2019 en $ 9.416.000, por lo que correspondería la intervención por
la Contadora Destacada del Tribunal de Cuentas ante Presidencia de la República;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y
a lo establecido en la Ley Nº 17.598 de 13 de diciembre de 2002, el artículo 33
literal “C” numeral 1º y el artículo 156, ambos del TOCAF y resolución del Poder Ejecutivo Nº
457/991 de 27 de junio 1991, así como a la demás normativa mencionada y de
aplicación;
EL DIRECTORIO
en ejercicio de atribuciones
delegadas
RESUELVE:
1)
Aprobar –ad referéndum de la intervención de la Contadora Destacada del
Tribunal de Cuentas de la República ante Presidencia de la República – y de
acuerdo al artículo 33 literal “C” numeral 1º del TOCAF, el incremento del
monto establecido para el Convenio de Cooperación suscripto el día 9 de mayo de
2019 entre esta Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (Ursea) y la
Corporación Nacional para el Desarrollo (CND) y su adenda de fecha 23 de
octubre de 2019, con la transferencia de hasta la suma de pesos uruguayos un
millón quinientos mil ($ 1.500.000).
2) Autorizar
a la División Gestión de Recursos a transferir la suma antes referida de la
siguiente forma: a) durante el ejercicio 2019, la suma de $ 523.001 sin
perjuicio de que pueda realizar un complemento durante este período y b)
durante el ejercicio 2020 complementar las transferencias siempre que no pase
del monto total autorizado.
3) Asimismo
y en la misma forma, aprobar los Anexos relativos a la Introducción, Términos
de Referencia y Postulación-Selección, que se adjuntan a la presente resolución
y forman parte de esta, a efectos de llevar adelante la “Consultoría referida
al Costo Medio Ponderado del Capital (WACC) adaptada al caso uruguayo”.
4)
Disponer que el monto necesario para esta nueva consultoría se sitúe hasta la
suma de pesos uruguayos un millón quinientos mil ($ 1.500.000), que serán con
cargo al Programa 482, Proyecto 000 “Funcionamiento”, Financiación 1.2 “Recursos
con Afectación Especial”.
5)
Comuníquese y siga el trámite correspondiente.
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